La población indígena, mis valedores. Víctima hoy día de racismo, discriminación racial y desmedro en sus derechos políticos, económicos y culturales, en la XII edición del Día Internacional de los Pueblos Indígenas (9 de agosto) la UNICEF insta a los gobiernos de América Latina y el Caribe a cumplir esos derechos. Tal advertencia no atañe a nuestro país, porque aquí el indígena ya cuenta con su ración de justicia.
¿O acaso no pura justicia esa Cartilla de los Indígenas que a su hora publicó el gobierno en forma de un cuadernillo minúsculo (cabe en la palma de la mano) que lo proclama: “Los indígenas tenemos los derechos de todas las personas (hombres y mujeres, niños y adultos, sin distinción de raza, nacionalidad, idioma, pensamiento, creencias religiosas o políticas, o nivel económico), establecidas en la Declaración Univ. de los Derechos Humanos, la Carga Magna, sus leyes secundarias y los pactos y convenios internacionales firmados por México?
La tal cartilla lo proclama con voz indígena: Tenemos derecho a la vida, a la libertad y a ser tratados con dignidad y respeto. A no ser torturados, ni detenidos ni encarcelados a menos que se nos acuse de cometer una infracción o un delito. A que la ley se nos aplique por igual como a todos. En caso de algún delito a ser juzgados conforme a la ley. Contar con las garantías que establece la Constitución. Tener abogado defensor, y si no hablamos el idioma español, a que nos auxilie un traductor que conozca nuestra lengua y a que se nos considere inocentes mientras no se pruebe lo contrario.
Tenemos derecho a no ser discriminados y a que se respeten prácticas, usos, costumbres y tradiciones étnicas, lingüísticas, religiosas, sociales, políticas o culturales que no atenten contra los principios establecidos en la Constitución ni contra los derechos de persona alguna. A que impere en nuestra familia la igualdad de derechos para el hombre y la mujer, el niño y la niña. Las mujeres tenemos derecho a un trato digno y respeto como seres humanos; a que no se nos someta a ningún tipo de violencia física, psicológica, moral o sexual, y a que no se nos haga víctimas de discriminación respecto de los varones.
A la libertad de pensamiento, conciencia y religión, así como a la libertad de cambiar de religión. A reunirnos pacíficamente o asociarnos con cualquier fin lícito, sin que pueda obligársenos a pertenecer a grupos o partidos. A participar en asuntos políticos, directamente o a través de representantes libremente elegidos. A elegir o ser elegidos popularmente para cargos públicos, con garantía de sufragio universal, libre y secreto. A satisfacer oportuna, adecuada y suficientemente nuestras necesidades de salud, seguridad, educación, vivienda y ambiente sano. A que se respeten nuestros derechos laborales y sindicales. A participar en actividades artísticas, culturales o científicas, y a que se protejan nuestros derechos autorales. A que ningún gobierno, grupo o individuo nos coarte tales derechos.
Es obligación de los servidores públicos: No cobrarnos por sus servicios. Darnos atención e información sin discriminación alguna. Responder por escrito a nuestras demandas. De los inspectores, policías preventivos y judiciales, agentes del Ministerio Público y de los jueces; y de todos los funcionarios dentro del ámbito de su competencia: ¡Tratarnos con respeto! ¡Darnos protección y seguridad! ¡No abusar de su autoridad!»
Sí, ¿y? ¿Qué dice la realidad? Ah, la simulación. Ah, México. (Qué país.)